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03 de octubre 2018 |
Reunion: Comision Negociadora del V Convenio |
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Hoy ha tenido lugar una nueva reunion de la Comision Negociadora del V Convenio Marco del Grupo Endesa. Por SIE Endesa han asistido Carlos Vila Quintana (Titular) y Lorenzo Gonzalez Calcines (Asesor). La reunion ha empezado con la RD exponiendo el texto articulado que proponen con sus propuestas desde los capitulos VIII al XI. Respecto a su posicion ultima solamente han cambiado el permiso de paternidad para adaptarlo a la legislacion actual. El resto queda como en su ultima propuesta, en sus puntos mas significativos, como sigue: - Capitulo VIII – Tiempo de trabajo. o Mantienen la jornada anual actual. o Los horarios se negociaran para cada Empresa, Linea de Negocio o Centro de trabajo en funcion de las necesidades, sin necesidad de acuerdo con la RS. (Ahora en caso de no acuerdo con la RS se aplican los acuerdos o convenios de origen en cada ambito territorial). o Jornada complementaria cambian la denominacion por horas suplementarias. o Vacaciones: Mantienen los 27 dias del IV Convenio, asi como el disfrute de los 14 festivos anuales. - Capitulo IX – Igualdad. o Inclusion en el texto del reciente acuerdo de la Comision de Igualdad para tasar los dias que corresponden por permiso acumulado de lactancia para los padres. o Adaptacion del texto a las nuevas comisiones de seguimiento que proponen. o Permisos retribuidos por enfermedad grave de hasta parientes de 2° grado y por intervencion quirurgica sin hospitalizacion, añaden “HASTA 5 dias o HASTA 2 dias”, dicen que porque no tiene por que ser obligatorio el disfrute de estos dias si el hecho tiene menor duracion. o Desplazamientos y cambios de centro de trabajo. Añaden un nuevo parrafo para el caso de que todos los del centro tengan algun motivo para que no les apliquen el traslado, que haya un criterio para poder hacerlo. Proponen el de menor edad. o Teletrabajo, proponen el cambio de denominacion por “trabajo fuera de la oficina”. o Articulo 51. Eliminan la obligacion de la empresa de adoptar medidas para cubrir las ausencias en el turno. Dicen que hay que darle una vuelta a esto, ya que como esta redactado es muy complicado de aplicar. - Capitulo X – Movilidad geografica. o Cambian la denominacion de movilidad geografica definitiva por “traslado de domicilio”, y solamente compensan economicamente en caso de que la distancia se incremente en 60 Km o mas y que haya cambio de domicilio acreditado por el trabajador. o Reducen la indemnizacion de 55000 a 24000 € y condicionado a la permanencia durante 5 años. o Cambian denominacion de movilidad geografica temporal por “desplazamiento”. o Eliminan la movilidad geografica por proyectos. o En la circulacion de trabajadores eliminan la necesidad de la conformidad del trabajador y lo cambian por existencia de causas tecnicas, economicas, organizativas o productivas. - Capitulo XI – Regimen economico. o Adaptan el texto a los niveles competenciales A,B y C que proponen. o Incluyen dentro de lo que retribuye el plus de turno el tiempo de solape por cambio de turno. o Promocion vertical. Solamente se incrementara el valor del salario de tablas, sin incrementar SIRes.
Desde la RS manifestamos: - En la proxima reunion daremos respuesta a la propuesta de la RD con nuestra plataforma, pero comentamos: o El capitulo de igualdad, se ha defendido desde hace años por la RD que es el mejor, creemos que es bueno, pero tambien que se puede y hay que mejorarlo. Creemos que para ello, nadie mejor que las personas que forman parte de la Comision de Igualdad, formando un equipo de trabajo o similar. o Movilidad geografica: § Aqui UGT dice que hay que cumplir el laudo y mantener lo que hay. Que en Andalucia tenian mejores condiciones y se perdieron con el IV Convenio. § Desde SIE manifestamos que lo que se regulo en el Convenio anterior y en el laudo ya supuso una perdida importante para gran parte de los trabajadores de Endesa, (Andalucia, Catalunya), que luego con un acta de Interpretacion de Convenio (que acepto UGT, y nos opusimos SIE y CCOO) se empeoraba al incluir el domicilio del trabajador para los calculos de compensacion (en el texto del convenio solamente se hablaba de centro a centro). Es cierto que tambien se mejoraba a un colectivo amplio que no tenia nada o casi nada. Pero ahora la RD pretende reducir todavia mas las cantidades y eliminarlas en caso de que no haya cambio de domicilio. Hay situaciones en las que aunque solamente te trasladen a 20 o 40 km (sin cambio de domicilio) supone un grave perjuicio, en determinados territorios o ambitos, y hacer durante todo el resto de la vida laboral ese desplazamiento se debe compensar de alguna forma. o Movilidad por proyectos creemos que debe existir en el texto del Convenio, o algo similar para los casos que hay actualmente.
La RD dice que en Movilidad Geografica, la Empresa y UGT en Andalucia firmaron en el año 2002 (aprox.) un acuerdo de movilidad geografica que iba en linea con lo que luego se utilizo en la UPH Sur, en el Ciclo combinado de San Roque y en el IV Convenio Marco.
Quedamos en reunirnos el proximo miercoles 10 de octubre a las 12 horas para continuar con la negociacion.
Se adjunta Acta de la reunion numero 34 y su anexo.
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